200 años de la independencia de Antioquia

Por: Julio Enrique González

Twitter: @juliogonzalezvi

El 11 de agosto de 2013 celebramos doscientos años de la independencia de Antioquia. ¿Por qué razón se habla de la independencia de Antioquia cuando desde 20 de julio de 1810 dizque se había declarado la independencia?

Varias cosas hay que dilucidar entonces:

En primer lugar, ¿Por qué se celebra el 20 de julio de 1810? El 20 de julio de 1810 se redactó en Bogotá un acta de independencia pero presionados por las Provincias, pues era inconcebible que la capital del virreinato de la Nueva Granada no hiciera nada cuando ya varias Provincias se habían pronunciado suscribiendo actas de independencia: “El concepto que hay aquí (Al parecer Cartagena) de los de Santa Fé, es el de cobardes hasta lo infinito, pues pudiendo contar con el auxilio de todo el reino, no se mueven y aguantan demasiado…” (Carta de Don Agustín Gutiérrez Moreno a su hermano en la capital. Citado por el historiador Porras Troconis. Francisco Duque Betancur; Historia de Antioquia, Imprenta Departamental de Antioquia, 1967, pag. 424)

Si duda alguna fue la revolución francesa la que hizo que los burgueses criollos antioqueños leyeran cuanto estaba ocurriendo en Francia: la declaración de derechos del hombre el 26 de agosto de 1789 después de la toma de La Bastilla (14 de julio de 1789), su incorporación a la primera constitución moderna en Francia de 1791 en su Prefacio, y su traducción y publicación por Don Antonio Nariño en 1793, hizo que los conceptos de derechos del hombre imprescriptibles y sagrados, como la libertad, la seguridad, la propiedad, la representación y la igualdad, fuesen conocidos y adoptados en esta Provincia de Antioquia.

Francia había dejado su República, que la hizo grande, por el Imperio napoleónico dadas las guerras que suscitó la misma revolución francesa, que hicieron que el poder quedara en las manos únicas de un gran militar.

La guerra contra Inglaterra, único rival real de Napoleón, hizo que las costas portuguesas fuesen vitales para el bloqueo a los británicos. Para el control de Portugal, España (manejada por Godoy) hizo una alianza con Napoleón para la invasión de Portugal y su repartición, lo que requería del paso de las tropas francesas por toda España (Tratado de Fontainebleau de 1807).

La presencia de tropas francesas en España hace que el pueblo se enoje y se produce el motín de Aranjuez, que trae como consecuencia la caída de Godoy (primer ministro y amante de María luisa de Parma, esposa del Rey Carlos IV), la abdicación del Rey y la subida al trono español de Fernando VII (Marzo de 1808).

Ante las diferencias entre Carlos IV y Fernando VII (disputas entre padre e hijo), Napoleón se hace reconocer como árbitro, los cita a Bayona, los toma prisioneros y obtiene su abdicación. Nombra entonces a su hermano José Bonaparte, rey de España.

El pueblo español, superior a sus reyes, se enfrenta a Napoleón, le infligen sus primeras derrotas al hasta entonces invencible ejército napoleónico, y se une España y sus colonias contra los franceses en una guerra de independencia.

Se constituyen juntas en toda España y se cita para septiembre de 1810 las llamadas Cortes de Cadiz para que el pueblo, siguiendo el ejemplo de la revolución francesa, se expresara.

Las provincias de la Nueva Granada se expresaban con total autonomía, tanta que el 12 de enero de 1810, seis meses antes del famoso 20 de julio, Antioquia resuelve otorgarle poderes a Don Antonio de Narvaez, diputado único del Nuevo Reino a las Cortes de Cadiz, con instrucciones propias y separadas de las de Bogotá.

En Antioquia se constituyó, siguiendo el ejemplo de las provincias españolas, una Junta que la gobernaba: Don Francisco de Ayala, Don Francisco José Santana, Don Manuel Cossio, Don Pedro Alcántara Arroyo y Campero, Don Faustino Martínez, Don José Pardo, Don José Cruz Robledo, Don Francisco Londoño, Don Tomás de Rublas y Don Juan del Corral. He aquí la autonomía antioqueña.

En este momento nos sentíamos tan españoles como los mismos peninsulares, por lo que la afrenta era francesa (napoleónica) a España, por lo que no se pensaba en atacar la monarquía, aunque como en la casi totalidad de las Juntas españolas, el deseo de constitucionalizar la monarquía absoluta era evidente.

Las instrucciones de Antioquia al representante de la Nueva Granada decían: “Para que sin trastornar los principios de la monarquía, tampoco pierda de vista y reclame la conservación de los sagrados e imprescriptibles derechos del hombre, libertad, seguridad y propiedad, que son las bases de la sociedad, así como deben ser los principios de todo gobierno sabio e ilustrado; y, últimamente para que conserve ilesa y permanente la representación de este Reino por medio de su verdadero Representante que es ahora y los que en adelante fueren, del mismo modo y en los mismos términos que lo hicieron los demás de la Península, gestionando cuanto conviniere para la más perfecta igualdad en esta parte, a efecto de que por ninguna circunstancia dexede de quedar el Reino legal y verdaderamente representado” (Cita de Ramón Correa. Documento original de los Archivos de Antioquia y Rionegro citados en su obra “Don Juan del Corral”. Francisco Duque Betancur, Historia del Departamento de Antioquia, Talleres de la Imprenta Departamental, 1967, pag. 412).

Don Juan del Corral se convierte en el líder de la independencia y la autonomía antioqueña y antes del 20 de julio de 1810 propone al Ayuntamiento que se organice “una Junta Suprema de Gobierno como la única salvación posible de estas comarcas para la Corona de España, a punto de ser arrebatadas por el gran usurpador de los tronos, Napoleón Bonaparte” (ob cit. Pag 413)

Adelantándose al 20 de julio de 1810 se habían ya redactado actas de independencia en Quito el 10 de agosto de 1809, jurando obediencia a Fernando VII e incitando a Santa Fé a que hiciera lo mismo. Santa Fé apremiada por Quito hizo una primera citación en septiembre de 1809 donde empezó a descollar Camilo Tórres. Surge la idea de una reunión de diputados de todas las Provincias, elegidos por los pueblos libremente. El 20 de noviembre de 1809 Don Camilo Torres escribe su célebre Memorial de Agravios ante la injusticia de las Cortes de Cadiz de no permitir equidad en el número de representantes de América.

Está ya en mientes la independencia de España, pero había aun un partido español en América oponiéndose a ello.

El Consejo de Regencia de España pide a cada virreinato enviar un representante, al igual que uno por cada capitanía general. Para impulsar esto, el Consejo de Regencia envía a la Nueva Granada a Don Antonio Villavicencio.

El cabildo de Cartagena en mayo le advierte al Gobernador que debe gobernar con el Ayuntamiento, luego depuso al gobernador Montes en junio de 1810. A principios de julio, primero en Cali que reclama constitución de Junta de Gobierno (3 de julio) y que organizó fuerzas bajo la dirección del antioqueño Atanasio Girardot; luego en Pamplona (4 de julio) y el Socorro (10 de julio), la autoridad la ejercieron los Cabildos, quedando depuestos los corregidores. Se excita a las demás capitales de Provincia a que permitiesen Juntas de Gobierno.

De manera que se madura en las Provincias la independencia, que llega el 20 de julio de 1810 y se redacta la siguiente acta de independencia: “Que se deposite en toda la Junta el Supremo Gobierno de este Reino interinamente, mientras la misma junta forma la Constitución que afiance la felicidad pública contando con las nobles provincias, a las que en el instante se les pedirán sus diputados, formando este Cuerpo el reglamento para las elecciones en dichas provincias; y tanto éste como la Constitución de Gobierno deberán formarse sobre las bases de libertad, independencia respectiva de ellas, ligadas únicamente por un sistema federativo, cuya representación deberá residir en esta capital para que vele por la seguridad de la Nueva Granada, que protesta no abdicar los derechos imprescriptibles de la soberanía del pueblo a otra persona a la de su augusto y desgraciado monarca, don Fernando VII, siempre que venga a reinar entre nosotros, quedando por ahora sujeto este nuevo gobierno a la Superior Junta de Regencia de ínterin exista en la Península y sobre la Constitución que le dé el pueblo” (Henao y Arrubla. Ob cita pag. 384)

La condición de que viniera a reinar Fernando VII no era tan traída de los cabellos como piensan algunos, pues con la invasión napoleónica a Portugal, la corte y su rey se fueron a reinar al Brasil, y ya Godoy había considerado esa posibilidad truncada por el motín de Aranjuez.

Entre los jóvenes antioqueños que estuvieron ese 20 de julio en Bogotá están Atanasio Girardot, Liborio Mejía y José María Arrubla.

Antioquia cita a los representantes de sus cabildos (Santa fé de Antioquia, Medellín, Rionegro y Marinilla) a sesionar en Santa Fé de Antioquia para designar sus representantes al Congreso General de las Provincias de la Nueva Granada.  Sesionaron: El Pbro José Miguel de la Calle, Dr. Juan Elías López, Don Manuel Antonio Martínez, Dr. José María Ortiz, Pbro Lucio de Villa, Dr. José María Montoya, Don Juan Nicolás de Hoyos y Dr. José Manuel Restrepo. Antioquia entonces asume el sistema de Estado Soberano, pero se une a las otras provincias en forma federativa.

El 28 de mayo de 1811 se produce la primera batalla entre patriotas y españoles: el llamado Combate Primero de Palacé, donde el teniente antioqueño Atanasio Girardot, abogado, se llena de gloria contra las fuerzas de Tacón.

El 27 de junio de 1811 Antioquia se dicta una Constitución provisional y ya desconoce a Fernando VII: “que desde el instante en que el señor Don Fernando VII, sin el consentimiento de la nación abdicó la corona en una extranjera dinastía, y fue cautivado por el Emperador de los Franceses, los pueblos, y entre ellos el de Antioquia, reasumieron la soberanía y los sagrados e imprescriptibles derechos concedidos al hombre por el Autor Supremo de la Naturaleza, en cuyo goce y ejercicio entraron desde el 20 de julio, que fueron depuestas en Santafé las autoridades que indebidamente lo impedían.” (Francisco Duque Betancur, ob cit. Pag. 425).

Al finalizar el año de 1811 (29 de diciembre) se deja instalada la primera Asamblea Constituyente de Antioquia con este juramento: “¿Jurais a Dios y a la Patria servir, ejercer y desempeñar bien y fielmente el delicado encargo que os han conferido los Pueblos de este Estado y de darles una Constitución que les garantice sus sagrados e imprescindibles derechos de libertad, seguridad y prosperidad…?”. Como bien lo observa Francisco Duque Betancur, en este solemne juramento “se hizo omisión absoluta del nombre real, que por lo regular aparecía en los anteriores y que en cambio se hizo hincapié en la palabra libertad…”.

El 21 de marzo de 1812 se estableció, aprobó y sancionó la Constitución del Estado de Antioquia, donde se expresó: “los Representantes de la Provincia de Antioquia, en el Nuevo Reino de Granada, plenamente autorizados por el Pueblo, para darle una Constitución que garantice a todos los Ciudadanos su libertad, igualdad, seguridad y propiedad; convencidos de que, abdicada la Corona, reducidas a cautiverio, sin esperanza de postliminio las personas que gozaban el carácter de Soberanas, disuelto el gobierno que ellas mantenían durante el ejercicio de sus funciones, devueltas a los españoles de ambos hemisferios las prerrogativas de su libre naturaleza, y a los Pueblos las del contrato social, todos los de la Nación, y entre ellos el de la Provincia de Antioquia, reasumieron la Soberanía y recobraron sus derechos; íntimamente persuadidos, que los Gobiernos de España por su estado actual, y por su inmensa distancia es imposible que nos liberten de la tiranía y del despotismo, ni que cumplan con las condiciones esenciales de nuestra asociación….hemos acordado…: …2. Considerando que el olvido de los sagrados e imprescriptibles derechos del hombre y de las obligaciones del Ciudadano es la causa primaria y el origen del despotismo, de la tiranía y de la corrupción de los Gobiernos…nosotros los Representantes del bueno y virtuoso Pueblo del Estado de Antioquia proclamamos a la faz de las Naciones y bajo los auspicios del Todo Poderoso, los siguientes derechos del hombre y los deberes del ciudadano, para que indeleblemente permanezcan gravados en todos los corazones”.

Terminada la aventura napoleónica en España las Cortes de Cadiz expiden la Constitución de 1812, siguiendo los rasgos constitucionales de la francesa de 1791. Sámano, español, obtiene triunfos en el sur, y Antioquia encarga la Dictadura Provisoria al coronel de milicias Don Juan del Corral, quien ante la situación apremiante de las tropas españolas, y el ejemplo de Cartagena y Cundinamarca, acordó la declaración de Independencia Absoluta de Antioquia respecto a España el 11 de Agosto de 1813 y Declara: “Que el Estado de Antioquia desconoce por su Rey a Fernando VII y a toda otra autoridad que no emane directamente del Pueblo, o sus Representantes; rompiendo enteramente la unión política de dependencia con la Metrópoli y quedando separado para siempre de la Corona y Gobierno de España.”

¿No será hora de volver por estos lares cuando el centralismo acaba con la Provincia?

 

Vía colombiaopina.co, reproducción hecha con autorización del sitio web.


El autor es Abogado, Profesor Universitario, Doctor en Derecho, Magíster en Administración y Especialista en Derecho Ambiental, Administrativo y Comercial. Sitio web: julioenriquegonzalezvilla.blogspot.com


Las opiniones expresadas en esta columna de opinión son de exclusiva responsabilidad de su autor y no reflejan, necesariamente, los puntos de vista de Alternativa Regional punto com.

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